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sexta-feira, 7 de junho de 2013

FUNDACIÓN DEL ESPAÑOL URGENTE


fetua, no fatua ni fatwa

Fetua, mejor que fatua o fatwa, es la palabra apropiada en español para referirse a las decisiones de los muftíes o especialistas en la ley islámica que pueden tener fuerza legal.

En los medios de comunicación se pueden encontrar frases como «La pena para la adolescente fue impuesta tras la fatua o edicto religioso emitido por el imán de una mezquita de la localidad de Naria» o «Rushdie fue objeto de una fatwa (decreto religioso) promulgada por el ayatolá Jomeini que le condenaba a muerte por blasfemias».

El Diccionario académico recoge la palabra fetua como adaptación plenamente asentada en español del término árabe fatwa.

Conviene evitar la adaptación fatua, una palabra que en español tiene un significado completamente distinto (‘falto de razón o de entendimiento’ o ‘lleno de presunción o vanidad infundada y ridícula’).

Así en los ejemplos anteriores, lo adecuado habría sido escribir «La pena para la adolescente fue impuesta tras la fetua o edicto religioso emitido por el imán de una mezquita de la localidad de Naria» o «Rushdie fue objeto de una fetua (decreto religioso) promulgada por el ayatolá Jomeini que le condenaba a muerte por blasfemias».

En el caso de emplear la transcripción fatwa, ha de escribirse en cursiva —o entre comillas, si no se dispone de ese tipo de letra— por tratarse de un extranjerismo.

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