Como indica el Diccionario de la lengua española, capaz alude a lo ‘que puede realizar la acción que se expresa’, entre otras cosas; por su parte, susceptible es aquello ‘capaz de recibir la acción o el efecto que se expresan a continuación’. Por lo tanto, lo adecuado es reservar cada adjetivo para su correspondiente sentido activo o pasivo, como señala el Diccionario panhispánico de dudas. Si el complemento es una oración pasiva, normalmente se referirá a una acción que el sujeto recibe, no que provoca, por lo que el adjetivo correspondiente será susceptible; la misma interpretación pasiva es la que tienen ejemplos como susceptible de comprenderse, que significa ‘susceptible de ser comprendido’. |
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